El hogar de niños Baik necesita de socios para lograr mejoras en la Institución. Todos los socios que forman parte del hogar puede aportar novedosas ideas, proyectos y contribuir monetariamente.

ACTA CONSTITUTIVA DE LA ASOCIACIÓN PRO HOGRA DE NIÑOS BAIK

ARTICULO OCTAVO: Los asociados tendrán los siguientes derechos:
  • Elegir y ser efectos en los cargos directivos o de fiscalía en la Asociación.
  • Participar de las actividades culturales, educativas y sociales que organice la Asociación.
  • Participar con vos y voto en las Asambleas Generales.
  • Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas.
  • Denunciar ante la fiscalía de la Asociación cualquier irregularidad que notara en el desempeño de las funciones de los miembros de la Junta Directiva o de la Asociación.


ARTÍCULO NOVENO: Son deberes de los Asociados:
  • Cumplir con la ley de Asociaciones, los estatutos y reglamentos de la Asociación así como de los acuerdos que emanen de sus órganos.
  • Pagar puntualmente las cuotas cuando estas se fijen.
  • Asistir a las reuniones a las que fueran convocados.
  • Cooperar en la conversación de los bienes y el buen desarrollo de la Asociación.
  • Apoyar las gestiones que realice la Asociación para el cumplimiento de sus fines.



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